lunes, 23 de julio de 2012

Los Elegidos...(Parte 1)


... Artículo N° 2:
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

En resumen toda persona tiene Derecho a la no discriminación.

1 comentario:

  1. Es un tema muy interesante y complejo. Me gustaria que uses un vocabulario mas sencillo, para que pueda ser de utilidad a toda edad.Te FELICITO,
    Nancy Lopez

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