lunes, 23 de julio de 2012

Los Elegidos...(Parte 1)


... Artículo N° 2:
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

En resumen toda persona tiene Derecho a la no discriminación.

Los Elegidos...(Parte 2)


...Artículo N° 7:
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

En resumen toda persona tiene Derecho a la igualdad ante la ley.

Los Elegidos...(Parte 3)


Artículo N°8:
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

En resumen toda persona tiene Derecho a que la ley proteja sus Derechos Humanos.